Marcelo Javier Gómez fue sentenciado ayer a 8 años de prisión y declarado reincidente, por lo que la pena fue elevada a 9 años. El 28 de noviembre de 2010 volcó cerca del paraje El Nochero, se fugó y fue detenido tiempo después.
El vuelco de un camión que transportaba yerba mate desde la provincia de Misiones con destino a Buenos Aires desencadenó lo que ayer se concibió como el juicio por el mayor cargamento de marihuana en la historia del Tribunal Oral Federal de Santa Fe. En total fueron 3.272 kilos de esa sustancia, distribuidos en 3.427 panes o ladrillos, cuyo transporte le fue atribuido al dueño y chofer del camión.
El juicio oral comenzó ayer bajo la presidencia de José María Escobar Cello y los jueces María Ivón Vella y Otmar Paulucci, quienes tuvieron a su cargo analizar la situación de Marcelo Javier Gómez. El imputado de 42 años y con domicilio en José C. Paz, en la provincia de Buenos Aires, fue trasladado este martes desde el penal de Ezeiza, para afrontar el juicio por el que resultó condenado a 8 años de prisión como “responsable del delito de transporte de estupefaciente”.
Acompañado por su abogado particular Norberto Pablo Pipo, el fletero Gómez descartó durante la audiencia haber estado en conocimiento del contenido de la carga, que según él pensaba era de yerba mate, tal como lo acredita la documentación que llevaba a bordo.
Mala maniobra
El 28 de noviembre de 2010 Gómez viajaba en un camión Mercedes Benz blanco modelo L1620, patente EEL-401 de su propiedad, cuando a la altura del paraje El Nochero -también llamado Gregoria Pérez de Denis- el vehículo mordió la banquina y volcó. El percance sufrido dejó en evidencia una voluminosa carga de material estupefaciente que quedó abandonada a la vera de la Ruta Nacional N° 95, en el extremo norte del departamento 9 de Julio.
Según se pudo establecer durante la audiencia, el fletero y un acompañante fueron auxiliados por otro camionero que los dejó en una estación de servicios de Villa Minetti, donde los esperaba una camioneta Toyota Hilux para sacarlos del lugar. Aunque en un primer momento la causa no tuvo detenidos, la Justicia logró dar con el paradero de Gómez, dado que toda la documentación abandonada estaba a su nombre.
Así lo sostuvo durante su alegato el fiscal general Martín Suárez Faisal, quien enumeró las pruebas reunidas que determinan su irrefutable responsabilidad en la planificación del delito.
Falsas coartadas
Una vez puesto tras las rejas a disposición del Juzgado Federal de Reconquista, Gómez intentó eludir su responsabilidad presentando documentación apócrifa con la que intentaba hacer creer que el camión había sido vendido con anterioridad al hecho, y que el comprador era un narco de la provincia de Buenos Aires que más tarde fue asesinado.
El último intento por mejorar su situación fue ayer, cuando de frente al tribunal dijo no saber que entre la carga de yerba mate había droga y mucho menos en esa cantidad.
Claro que el tribunal contrapuso un numeroso cúmulo de pruebas a esas palabras y optó por sancionarlo con el peso de la ley.
En horas de la tarde y tras un cuarto intermedio, el tribunal falló en contra del dueño del camión, que fue considerado “responsable del delito de transporte de estupefaciente” y le impuso una pena de 8 años de prisión y $ 4.500 de multa.
Además, le fue revocada una condena de dos años de prisión condicional dictada por el Tribunal en lo Criminal N° 4 de San Isidro a mediados de 2011, por una causa por encubrimiento de 2000 y otra en la que fue considerado coautor de una tentativa de robo perpetrado en 2003.
Pena unificada
En definitiva el TOF unificó las penas en 9 años de prisión, multa y declaración de reincidente, en consonancia con lo pedido por el Ministerio Público Fiscal, que había pedido 9 años de cárcel desde el vamos.
En la parte resolutiva del fallo se ordenó a su vez el decomiso del camión Mercedes Benz L1620 y la destrucción en acto público de los estupefacientes secuestrados.
Por su parte el defensor Pipo pidió que se tenga en cuenta que su cliente no tenía conocimiento de la existencia de la droga; luego planteó la inconstitucionalidad de la declaración de reincidencia solicitada por el fiscal, pero el tribunal no lo aceptó. Finalmente hizo reserva de recurrir el fallo ante Casación Penal. Asimismo la audiencia para la lectura de los fundamentos fue fijada para el próximo miércoles 27 de septiembre, a las siete de la tarde.
FUENTE: EL LITORAL.COM – SANTA FE