La CNRT expresa que a la fecha se encuentra en proceso de ajuste el mecanismo de contratación para la provisión de las tarjetas y su correspondiente personalización. Para paliar los inconvenientes ocasionados por el desajuste mencionado, se ha dispuesto autorizar, con carácter excepcional, la circulación de los conductores que prestan servicios en el transporte automotor de cargas y pasajeros de jurisdicción nacional, con su licencia vencida por no más de sesenta días.
Atento a esto, el Subdirector Ejecutivo de la CNRT por Disposición DI-20/17, prorroga por el término de 60 días la validez de las licencias cuyo vencimiento haya operado después del 15 de mayo de 2017.
En su artículo 2º dispone que lo previsto queda sin efecto a partir del día 17/07/17, fecha en la cual el organismo estima tendrá solucionado el tema.
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