PREGUNTAS Y RESPUESTAS PARA EL PAGO DEL ADELANTO DEL BONO PRIMERA CUOTA CAMIONEROS.

 

Continuando con nuestro informe aclaratorio, respecto la imputación del pago del bono previsto en el decreto nº 841/22 , y el del acuerdo paritario del sector, y  en vista de las consultas recibidas, estimamos prudente ampliar lo ya expresado, respondiendo a las preguntas más frecuentes que pueden hacerse sobre el tema:

  • A quién debe abonarse el bono previsto en el decreto 841/22 

En su totalidad a todo trabajador que perciba una suma igual o menor a $ 161.859 o si pecibe una suma superior y hasta $ 185.859 por la diferencia, hasta alcanzar esta ultima cifra.

  •  Cómo se debe abonar dicho bono.

En su solo pago.

  • Hasta cuándo se debe abonar dicho bono.

Hasta el 31/12/22.

 

  • Por qué adelantar el pago del bono otorgado en el acuerdo paritario.

Dada la redaccion del art. 5 del decreto 841/22, solo se pueden compensar sumas no remunerativas, otorgadas entre noviembre del 2022 y enero del 2023, y la primera cuota del bono vence en marzo del 2023 con lo cual estaria fuera de la prevision del decreto.

  •  Qué importe de se debe adelantar para compensar el bono previsto en el decreto 841/22.

Con prescidencia del importe de $ 24.000 prevista en dicha norma, el adelanto debe hacerse por el monto pactado para la primera cuota del acuerdo paritario, es decir la suma $ 25.000.

  • Se debe abonar a todo personal convencionado?.

El adelanto de la primera cuota del bono se debe hacer a todo el personal que perciba menos de $ 185.859, ello desde que se está adelantando el total de la primera cuota, es decir:  no interesa en este punto si se debe abonar total o parcialmente las sumas previstas en el decreto, si no que se quiere compensar el bono del acuerdo paritario con el bono previsto en el decreto 841/22.

  • Bajo qué concepto se debe indicar en el recibo de sueldo el pago del bono.

«Adelanto primera cuota asignacion no remunerativa cct 40/89 – decreto 841/22»