PREGUNTAS Y RESPUESTAS PARA EL PAGO DEL ADELANTO DEL BONO PRIMERA CUOTA CAMIONEROS.
Continuando con nuestro informe aclaratorio, respecto la imputación del pago del bono previsto en el decreto nº 841/22 , y el del acuerdo paritario del sector, y en vista de las consultas recibidas, estimamos prudente ampliar lo ya expresado, respondiendo a las preguntas más frecuentes que pueden hacerse sobre el tema:
- A quién debe abonarse el bono previsto en el decreto 841/22
En su totalidad a todo trabajador que perciba una suma igual o menor a $ 161.859 o si pecibe una suma superior y hasta $ 185.859 por la diferencia, hasta alcanzar esta ultima cifra.
- Cómo se debe abonar dicho bono.
En su solo pago.
- Hasta cuándo se debe abonar dicho bono.
Hasta el 31/12/22.
- Por qué adelantar el pago del bono otorgado en el acuerdo paritario.
Dada la redaccion del art. 5 del decreto 841/22, solo se pueden compensar sumas no remunerativas, otorgadas entre noviembre del 2022 y enero del 2023, y la primera cuota del bono vence en marzo del 2023 con lo cual estaria fuera de la prevision del decreto.
- Qué importe de se debe adelantar para compensar el bono previsto en el decreto 841/22.
Con prescidencia del importe de $ 24.000 prevista en dicha norma, el adelanto debe hacerse por el monto pactado para la primera cuota del acuerdo paritario, es decir la suma $ 25.000.
- Se debe abonar a todo personal convencionado?.
El adelanto de la primera cuota del bono se debe hacer a todo el personal que perciba menos de $ 185.859, ello desde que se está adelantando el total de la primera cuota, es decir: no interesa en este punto si se debe abonar total o parcialmente las sumas previstas en el decreto, si no que se quiere compensar el bono del acuerdo paritario con el bono previsto en el decreto 841/22.
- Bajo qué concepto se debe indicar en el recibo de sueldo el pago del bono.
«Adelanto primera cuota asignacion no remunerativa cct 40/89 – decreto 841/22»